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el marco del plan avanza-ayudas para la igualdad de género.
Cofinanciado
por el Fondo
Social Europeo.
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Consejo de Participación de la Mujer
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OMEGA forma parte del Consejo de Participación de la Mujer, organismo dependiente del MSPSeI
La Organización de Mujeres Empresarias y Gerencia Activa (OMEGA) ha sido elegida para formar parte del Consejo de Participación de la Mujer en representación de las organizaciones empresariales y profesionales más representativas a nivel estatal.
Aquí puedes descargar la Orden IGD/2695/2010, de 4 de octubre, donde se proclaman las organizaciones y asociaciones de mujeres elegidas para ejercer las 20 vocalías que integran el Consejo de Participación de la Mujer en representación de las propias organizaciones y asociaciones de mujeres.
Información sobre el Consejo. Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad:
¿QUÉ ES EL CONSEJO? LaLey Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, regula, ensu artículo 78, el Consejo de Participación de la mujer como "el órgano colegiado de consulta y asesoramiento con el fin esencial de servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución efectiva del principiode igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y la lucha contra la discriminación por razón de sexo".
¿DÓNDE ESTÁ REGULADO? La Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombresregula su naturaleza y sus funciones, estableciendo que su régimen defuncionamiento, competencias y composición se determinará reglamentariamente, garantizando, en todo caso, la participación del conjunto de las Administraciones públicas y de las asociaciones y organizaciones de mujeres enel ámbito estatal. Mediante el Real Decreto 1791/2009, de 16 de diciembre, propuesto al Consejo de Ministros de 20 de noviembre por el Ministerio de Igualdad, se desarrollan las previsiones de la Ley de Igualdad, y ha sido objeto de trámite de consulta alas organizaciones y asociaciones de mujeres de ámbito estatal. El Consejo es un órgano colegiado de naturaleza participativa y de carácter consultivo y asesor, adscrito a la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.
¿QUIÉN FORMA PARTE DEL CONSEJO? En el Consejo de Participación de la mujer está constituido por una presidencia, dos vicepresidencias, una secretaría y 40 vocalías; 13 en representación de las Administraciones públicas, 20 de las organizaciones y asociaciones de mujeres, 4 en representación de las organizaciones empresariales y sindicales másrepresentativas a nivel estatal y 3 personas expertas de reconocido prestigio en el ámbito de la igualdad.
¿CUÁLES SON SUS FINES? El Consejo se crea como espacio de encuentro, de colaboración y de cooperación de las organizaciones y asociaciones de mujeres de ámbito estatal y de las Administraciones públicas, para la consecución efectiva del principio deigualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres con los siguientes fines:
- Ser el cauce para la participación de las mujeres, en el desarrollo y aplicación del derecho a la igualdad y la lucha contra la discriminación, recogiendo las demandas y propuestas dirigidas a tal fin.
- Actuar como interlocutor de las entidades representativas de las mujeres ante las Administraciones públicas y ante cualquier institución de carácter público o privado, ante las políticas públicas, generales y específicas propuestas, iniciativas y medidas encaminadas a la consecución de la igualdad.
¿CUÁLES SON SUS FUNCIONES? Para el cumplimiento de sus fines, el Consejo tiene encomendadas, entre otras, las siguientes funciones:
- Elaborar informes sobre propuestas, planes y programas que puedan afectar a la igualdad entre mujeres y hombres, así como formular propuestas y recomendaciones en esta materia.
- Proponer medidas para la promoción integral de la igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres, dentro del marco de competencias de la Administración General del Estado.
- Promover o elaborar estudios e iniciativas sobre materias de su competencia y el intercambio de experiencias, debates, discusiones y encuentros de organizaciones y asociaciones de mujeres de ámbito estatal, con el fin de proporcionarles información relativa a la realidad social de las mujeres.
- Además, al Consejo de Participación de la Mujer le corresponde emitir informe, cuando le sean requeridos por los órganos competentes, sobre los anteproyectos de leyes y anteproyectos de reales decretos de competencia estatal, que regulen materias relacionadas con la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y la lucha contra la discriminación por razón de sexo, así como, con carácter preceptivo, sobre el Plan Estratégico de Igualdad.
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