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En el marco del plan avanza-ayudas para la igualdad de género.



Cofinanciado por el Fondo
Social Europeo.


ASOCIACIÓN
Consejo de Participación de la Mujer

OMEGA forma parte del Consejo de Participación de la Mujer, organismo dependiente del MSPSeI

 

La Organización de Mujeres Empresarias y Gerencia Activa (OMEGA) ha sido elegida para formar parte del Consejo de Participación de la Mujer en representación de las organizaciones empresariales y profesionales más representativas a nivel estatal.

Aquí  puedes descargar la Orden IGD/2695/2010, de 4 de octubre, donde se proclaman las organizaciones y asociaciones de mujeres elegidas para ejercer las 20 vocalías que integran el Consejo de Participación de la Mujer en representación de las propias organizaciones y asociaciones de mujeres.

 

Información sobre el Consejo. Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad:

¿QUÉ ES EL CONSEJO?
LaLey Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, regula, ensu artículo 78, el Consejo de Participación de la mujer como "el órgano colegiado de consulta y asesoramiento con el fin esencial de servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución efectiva del principiode igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y la lucha contra la discriminación por razón de sexo".

¿DÓNDE ESTÁ REGULADO?
La Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombresregula su naturaleza y sus funciones, estableciendo que su régimen defuncionamiento, competencias y composición se determinará reglamentariamente, garantizando, en todo caso, la participación del conjunto de las Administraciones públicas y de las asociaciones y organizaciones de mujeres enel ámbito estatal.
Mediante el Real Decreto 1791/2009, de 16 de diciembre, propuesto al Consejo de Ministros de 20 de noviembre por el Ministerio de Igualdad, se desarrollan las previsiones de la Ley de Igualdad, y ha sido objeto de trámite de consulta alas organizaciones y asociaciones de mujeres de ámbito estatal.
El Consejo es un órgano colegiado de naturaleza participativa y de carácter consultivo y asesor, adscrito a la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

¿QUIÉN FORMA PARTE DEL CONSEJO?
En el Consejo de Participación de la mujer está constituido por una presidencia, dos vicepresidencias, una secretaría y 40 vocalías; 13 en representación de las Administraciones públicas, 20 de las organizaciones y asociaciones de mujeres, 4 en representación de las organizaciones empresariales y sindicales másrepresentativas a nivel estatal y 3 personas expertas de reconocido prestigio en el ámbito de la igualdad.

¿CUÁLES SON SUS FINES?
El Consejo se crea como espacio de encuentro, de colaboración y de cooperación de las organizaciones y asociaciones de mujeres de ámbito estatal y de las Administraciones públicas, para la consecución efectiva del principio deigualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres con los siguientes fines:

  • Ser el cauce para la participación de las mujeres, en el desarrollo y aplicación del derecho a la igualdad y la lucha contra la discriminación, recogiendo las demandas y propuestas dirigidas a tal fin.
  • Actuar como interlocutor de las entidades representativas de las mujeres ante las Administraciones públicas y ante cualquier institución de carácter público o privado, ante las políticas públicas, generales y específicas propuestas, iniciativas y medidas encaminadas a la consecución de la igualdad.


¿CUÁLES SON SUS FUNCIONES?
Para el cumplimiento de sus fines, el Consejo tiene encomendadas, entre otras, las siguientes funciones:

  1. Elaborar informes sobre propuestas, planes y programas que puedan afectar a la igualdad entre mujeres y hombres, así como formular propuestas y recomendaciones en esta materia.
  2. Proponer medidas para la promoción integral de la igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres, dentro del marco de competencias de la Administración General del Estado.
  3. Promover o elaborar estudios e iniciativas sobre materias de su competencia y el intercambio de experiencias, debates, discusiones y encuentros de organizaciones y asociaciones de mujeres de ámbito estatal, con el fin de proporcionarles información relativa a la realidad social de las mujeres.
  4. Además, al Consejo de Participación de la Mujer le corresponde emitir informe, cuando le sean requeridos por los órganos competentes, sobre los anteproyectos de leyes y anteproyectos de reales decretos de competencia estatal, que regulen materias relacionadas con la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y la lucha contra la discriminación por razón de sexo, así como, con carácter preceptivo, sobre el Plan Estratégico de Igualdad.
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OMEGA: ORGANIZACIÓN DE MUJERES EMPRESARIAS Y DE GERENCIA ACTIVA
Fecha de última actualización: 23/07/2012













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