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Se podrán aplazar las indemnizaciones de las empresas que dañen el honor

Las empresas periodísticas condenadas por daños al derecho al honor podrán aplazar el pago de la indemnización hasta que otro tribunal revise el caso

El Congreso de los Diputados aprobó, el 11 de diciembre del 2003, la reforma que permitirá a las empresas periodísticas condenadas en Primera Instancia por vulneración del derecho al honor, a la intimidad o a la propia imagen, aplazar el pago de las indemnizaciones impuestas, hasta que el usuario sea revisado por otro tribunal. Se supera, así, la previsión de la Ley de Enjuiciamiento Civil en vigor, que obliga a la ejecución provisional de una hipotética indemnización, aunque la sentencia no sea firma.


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Fecha de última actualización: 19/06/2008

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