· Certificado de la Junta de Gobierno donde se tome tal decisión.
· Certificado de la superficie regable de la Comunidad, en hectáreas.
· Pago de la cuota de ingreso, a razón de 0`02 €./ha., que pueden realizar mediante giro postal, transferencia o cheque.
· Remisión de un ejemplar de sus Ordenanzas.
· Cumplimentación de un cuestionario
· Aportación de sus datos bancarios, a fin de domiciliarles el recibo de la cuota anual.
Para el año 2008, la Junta General fijó la cuota en 0`21 €/ha., cotizando el exceso de 10.000 has. a 0`052 €, y estableciendo una cuota mínima de 52 € para las entidades más modestas.
La petición de ingreso será vista primero por la Junta Directiva, y más tarde ratificada por la Asamblea General. Esto se refiere al ingreso definitivo, porque el alta provisional la autoriza el Sr. Presidente de forma inmediata.