Las liquidaciones de Impuestos que presentemos a partir de Octubre, es decir, del tercer trimestre del año, tienen nuevos plazos y modos de presentación. En concreto, las liquidaciones ya no se pueden pagar directamente por el Banco, sino que se tiene que domiciliar el pago a través de internet y presentar entre los dias 1 y 15. Así pues, nuestros clientes nos tendrán que facilitar una cuenta bancaria para el cargo de los importes que resulten de las liquidaciones y nos deberán entregar las facturas para la confección del IVA dentro de la primera semana del mes, para asi, tener tiempo suficiente para poder contabilizar dichas facturas.
Una segunda opción, sería la entrega por parte de la empresa a su banco de la Carta de Pago, antes del dia 20 del mes. El banco deberá entonces entregarles un número de referencia NRC, el cual nos deberán dar a nosotros para, posteriormente y siempre antes del dia 20, presentar telematicamente las liquidaciones.
De momento, este sistema de presentación solo será obligatorio para Sociedades Anónimas y Limitadas.