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ASESORAMIENTO GRATUITO para el inicio de la actividad de ASISTENCIA VIRTUAL
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El Asistente Virtual proviene del colectivo del Secretariado Profesional. Conoce a fondo la casuística de la Profesión, pero desconoce los requisitos para montar su propio negocio en calidad de AV. Ha sido asistente de dirección durante muchos años y desea convertirse en su propio jefe para, entre otras cosas, conciliar su vida familiar y laboral.
Mucha información sobre "Emprendedores", pero casi nada sobre este particular. Periódicamente se irán publicando nuevos contenidos que confiamos serán de gran utilidad.
¡Bienvenidos al mundo de la Asistencia Virtual!
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Préstamos, créditos y subvenciones.
¿Qué es lo primero que debo hacer? ¿Qué me interesa más?
Préstamos, créditos y subvenciones.
Cualquier cantidad concedida por medio de préstamos, créditos o subvenciones hay que devolverla. Considere una opción alternativa: la capitalización de su desempleo.
En la Comunidad Autónoma de Madrid, y suponemos que en el resto de CC.AA., el desempleo se puede capitalizar de dos formas:
1. Mensualmente: Para pagar las Cuotas de la Seguridad Social del Régimen Especial de Autónomos.
2. Pago único; es decir, cobrarlo todo de una vez, siempre y cuando se aporte el Plan de Negocio, también denominado "Plan de Viabilidad". En cualquier caso, le sugerimos consulte en su Oficina del INEM más cercana.
Si desea mayor información sobre el Plan de Negocio, puede solicitar presupuesto a la AV Teresa Molina:(http://www.lineadeatencion.com)
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¿Qué es lo primero que debo hacer? ¿Qué me interesa más?
Los primeros pasos a seguir son: 1º) Darse de alta en la Agencia Tributaria con el modelo 036 (Declaración censal). 2º) Ir con el 036 a la Seguridad Social y domiciliar los recibos mensuales en calidad de autónoma.
Ambos procesos son gratuitos, pero es preferible que se encargue del alta y del resto de tramitaciones una Gestoría. Parece simple, pero no lo es.
Una cosa más: Es preferible darse de alta y después adquirir los productos o servicios que necesites. SIEMPRE debes solicitar la factura con tus datos fiscales (nombre, apellidos, dirección, etc., y NIF (tu DNI).
Al disponer de estas facturas, siempre posteriores a la fecha de alta como autónoma, tendrás opción de desgravar el IVA y Hacienda te devolverá trimestralmente el IVA que hubieras soportado (que no será poco).
¡Merece la pena seguir estas indicaciones para evitarte disgustos!
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