Podrán optar las Diputaciones Provinciales, por sí o mediante cualquier organismo, empresa o entidad pública con personalidad jurídica propia que gestione directamente el servicio de prevención y extinción de incendios y salvamentos; los consorcios que se encuentren constituidos o se constituyan antes de la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes; las Mancomunidades de municipios y cualquier Ayuntamiento de municipio cuya población ...